FEDER–FSE+: la autoridad debe motivar su decisión de recuperación de fondos
- 5 ene
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En el marco de la gestión de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, las autoridades nacionales y regionales, en coordinación con la Comisión Europea, son responsables de la concesión, el seguimiento y el control de las ayudas otorgadas.
No obstante, la exigencia del marco jurídico europeo implica que toda decisión relativa a la elegibilidad de los gastos financiados esté debidamente motivada y respete los derechos fundamentales de los beneficiarios, en particular el derecho a un procedimiento contradictorio.
El siguiente asunto ilustra las posibles desviaciones cuando una decisión administrativa de reintegro no está suficientemente motivada ni correctamente notificada.
Concesión y impugnación de una ayuda europea
Una empresa especializada en el alquiler de catamaranes se benefició, en el marco del Programa Operativo FEDER–FSE 2014–2020, de una ayuda financiera destinada a la adquisición de un catamarán para el transporte turístico. Esta ayuda se inscribía en los objetivos europeos de apoyo a la economía local y al desarrollo turístico.
Sin embargo, mediante comunicación de la autoridad de gestión, representada por el prefecto, la empresa fue informada de una supuesta irregularidad que afectaba a la elegibilidad de los gastos realizados.
Dicha irregularidad, no precisada, dio lugar a la retirada de la ayuda y a la exigencia de devolución de los fondos ya percibidos.
Motivación insuficiente: un vicio procedimental manifiesto
La decisión de retirada de la ayuda europea no mencionaba ninguna circunstancia concreta que hubiera conducido a la detección de la supuesta irregularidad. Tampoco precisaba la naturaleza del control realizado ni los elementos que fundamentaban la alegada ineligibilidad.
Ello vulnera los principios generales del derecho administrativo francés y europeo, que exigen una motivación clara y suficiente de los actos administrativos desfavorables, conforme al artículo L. 211-2 del Código de las Relaciones entre el Público y la Administración (CRPA).
La imprecisión de la motivación privó a la empresa de la posibilidad de comprender los fundamentos de la decisión y, por consiguiente, de organizar su defensa.
Este defecto de motivación constituye una irregularidad sustancial susceptible de afectar a la legalidad de la decisión.
El recurso administrativo y el silencio de la administración
Ante esta decisión, la empresa interpuso un recurso administrativo solicitando la anulación de la orden de reintegro. Dicho recurso quedó sin respuesta: la administración no acusó recibo del escrito ni aportó elementos complementarios a su decisión inicial.
De conformidad con el artículo L. 231-4 del CRPA, este silencio equivale a una decisión tácita de desestimación.
En consecuencia, la empresa acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa mediante un recurso por exceso de poder, impugnando tanto el fondo de la decisión como el procedimiento seguido.
Asimismo, conforme al artículo L. 121-1 del CRPA, la prefectura incumplió su obligación de respetar el principio de contradicción, ya que no se llevó a cabo ningún procedimiento previo de audiencia con la empresa.
Garantizar la seguridad jurídica en la gestión de los fondos europeos
Este asunto pone de relieve la importancia de una motivación rigurosa y del estricto respeto de las normas procedimentales en la gestión de los fondos europeos.
El despacho ELEAVOCAT pone su experiencia en derecho administrativo y derecho de la Unión Europea al servicio de todos los actores implicados, con el fin de prevenir riesgos jurídicos, asegurar los procedimientos y, en su caso, resolver los litigios.

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